La carga y descarga por parte de los conductores está prohibida

  • La carga y descarga por parte de los conductores está prohibida

    La carga y descarga por parte de los conductores está prohibida

     

    Desde Transportes Amate venimos a informarte de las nuevas medidas en el transporte de mercancías por carretera impuesta por el Real Decreto Español.

     

    El pasado 1 de marzo del 2022 se aprobó la Ley del Real Decreto 3/2022 donde se les prohíbe a los conductores y transportistas de camiones de más de 7.500 toneladas de MMA realizar operaciones de carga y descarga de mercancías en cualquier punto de España.

     

    Esta nueva ley impuesta por el Gobierno de España afecta a toda clase de conductores, independientemente de que sean trabajadores por cuenta propia o trabajadores por cuenta ajena. De la misma manera, esta prohibición afecta a cualquier tipo de carga y descarga que se realice en España, con independencia de donde se efectúe el origen del transporte o el rigen del conductor.

     

    Las nuevas medidas impuestas se deben a las duras condiciones a las que está expuestas la profesión de conductor, donde la participación en operaciones de carga y descarga de mercancías es un trabajo extra que pone en peligro su salud, descanso e integridad física.

     

    A partir de ahora la empresa podrá pactar con la empresa de transportes que asuman la tarea de descarga siempre que sea una persona independiente al conductor. Todos aquellos conductores que no respeten la nueva normativa implantada, incumplirán la Ley de Prevención de Riesgos Laborales e incurrirán un delito directo contra la Seguridad y la Salud en el trabajo. Estas multas se clasifican como una infracción de tipo grave y se sancionaran con multas de entre 4.000 euros y 6.000 euros, los cuales deberá abonar la empresa de transportes de dicho conductor o el titular del centro de carga o descarga de la empresa.

     

    ¿Cuándo entra en vigor la prohibición de carga y descarga para conductores y transportistas?

     

    Será a partir el 2 de septiembre de 2022 cuando esta nueva Ley aprobada por el Gobierno Español hará efectiva la prohibición para todos los conductores de vehículos de transporte llevar a cabo operaciones de carga y descarga de cualquiera de las mercancías. Esta nueva Ley se adapta a las necesidades actuales y da un paso más avanzando a cumplir el objetivo de mejorar la seguridad vial en España.

     

    Excepciones en la prohibición de la carga y descarga

     

    La nueva normativa cuenta con algunas excepciones. Hay que tener presente que cada ciudad tiene su propia normativa y con ello conllevan diferentes medidas para mejorar la movilidad. Independientemente de las excepciones que se puedan llevar a cabo, la empresa transportista no podrá en ningún caso pedir al conductor de camión que efectúe la carga y descarga señala CETM.

     

    El apartado 11 del artículo 1 señala textualmente: “Las operaciones de carga de las mercancías a bordo de los vehículos, así como las de descarga de estos, serán por cuenta, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga se haya pactado por escrito que corresponden al porteador contra el pago de un suplemento respecto del precio del transporte.”

     

    A continuación, le mencionamos algunas de las excepciones donde algunos servicios sí que tendrán permitido realizar la carga y descarga:

     

    1.Transportes de mudanzas y guardamuebles: Las empresas dedicadas a este sector tendrán permitido realizar cargas y descargas.

     

    1. Transporte en vehículos cisterna.

     

    1. 3. Transporte de áridos o de grúa y otros dispositivos inherentes dedicados a realizar operaciones de carga y descarga.

     

    1. Servicios de paquetería: Las empresas transportistas dedicadas a la carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta será también una de las excepciones. Será una carga fraccionada todas aquellas operaciones que necesiten una previa manipulación o clasificación.

     

    1. Transporte de animales vivos: Sin perjudicar las responsabilidades indicadas y establecidas por la normativa que protege a los animales durante su transporte.

     

    1. Participación del conductor en la carga y descarga: Supuestos en los que la regulación de diferentes tipos de transporte establezca otras normas en relación con la participación del conductor en la carga y descarga.

    Salvo las excepciones que hemos mencionado anteriormente, la empresa de transportes no podrá pedir en ningún caso al conductor que realice una tarea de carga y descarga.

     

    En Transportes Amate ofrecemos el transporte de mercancías por carretera y logística que se adapta a las nuevas medidas aprobadas por el gobierno. Además de ofrecer un servicio integral de logística, ofrecemos un transporte 100% personalizado para cada una de las nuevas necesidades que puedan surgir.

    Si no sabe cuál es el medio de transporte que más se adecua a usted, nuestro servicio de consultoría estará encantado de ayudarle y resolverle cualquier tipo de duda. ¡Contáctenos para una gestión a medida!

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